Por Nicolás de Cárdenas – actuall.com

La asociación Médica Mundial está valorando la aprobación de una nueva redacción del Código Internacional de Ética Médica que podría lesionar el ejercicio del derecho fundamental a la objeción de conciencia.

Dicho código fue redactado en origen tras la Segunda Guerra Mundial para garantizar que los médicos sean conscientes de sus obligaciones con los pacientes, incluido el respeto por su vida y su autonomía.

Sin embargo, la propuesta de renovación del Código die así:

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«Los médicos tienen la obligación ética de minimizar las interrupciones en la atención al paciente. La objeción de conciencia solo debe considerarse si el paciente individual no es discriminado o desfavorecido, la salud del paciente no está en peligro y la continuidad de la atención sin demora está garantizada mediante la remisión efectiva y oportuna a otro médico calificado».

Esto significa que el ejercicio de la objeción de conciencia no es ya una potestad del médico en razón de sus convicciones más íntimas, sino que ahora se vería obligado a justificar su objeción según criterios externos.

Al tiempo, la obligación de remitir al paciente a otro médico tras ejercer la objeción de conciencia podría obligar a los médicos a derivar a mujeres embarazadas que solicitan un aborto a quienes sí están dispuestos a ejecutar la muerte prenatal de sus hijos.

Proceso de consulta pública

La nueva redacción del Código Internacional de Ética Médica se encuentra en periodo de consulta pública, por lo que es posible influir en la decisión final. Para poder participar en este proceso, es necesario utilizar un formulario en el que se pueden proponer modificaciones sobre el borrador sometido a consulta. Estas aportaciones deben hacerse exclusivamente en inglés y remitirse al correo electrónico [email protected] antes del próximo 28 de mayo.

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El proceso de renovación del código está vinculado a la última modificación efectuada en la Convención de Ginebra en el año 2017 de la que es subsidiario el documento. Hay que destacar que en dicha revisión de la Convención de Ginebra se modificó el párrafo sobre la protección de la vida humana.

Así, se eliminó la cláusula que predicaba «Mantendré el máximo respeto por la vida humana, desde el momento de su concepción, incluso bajo amenaza» por uno escueto y ambiguo: «Mantendré el mayor respeto por la vida humana».

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