Este martes 2 de junio, un grupo de abogados chilenos liderados por María Loreto Retamal, presentaron una acción constitucional de nulidad de derecho público en contra de la mayoría de normas legislativas de la administración, hechas para llevar adelante la pandemia en Chile. Entre ellos se encuentra el Decreto de Excepción Constitucional que declaró el Estado de Catástrofe.

La acción va en contra del Estado de Chile, en este caso representado nominalmente por el Ministro de Salud, Enrique Paris.

Desde Tierra Pura, les compartimos el comunicado de los abogados: 

Hoy martes 2 de junio del 2021 se ha presentado una acción civil de Nulidad de Derecho Público ante el 22• Juzgado Civil de Santiago. Esta acción constitucional ha sido ejercida por 4 abogados chilenos, quienes demandan al poder ejecutivo, específicamente al Presidente de la República de Chile, Ministerio del Interior y Seguridad Pública, Ministerio de Salud, Ministerio de Defensa Nacional, Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio del Trabajo y Previsión social, Ministerio de Hacienda, a través de sus respectivos ministros del cargo.  El objeto de esta acción es que se declare la nulidad absoluta de los decretos supremos Nº4 de 2020; Nº104 de 2020, Nº107 de 2020; Nº269 de 2020; Nº23 de 2020; Nº400 de 2020, Nº646 de 2020; Nº1 de 2021; Nº 72 de 2021; Nº82 de 2021, Nº8 de 2021; Nº 124 de 2021 y Ley 21342 publicada el día de ayer.  El fundamento de dicha acción, dice relación con el hecho de que estos decretos y Ley adolecen  nulidad absoluta, ya que, en Chile jamás han existido  los  presupuestos médicos sanitarios, ni las circunstancias fácticas  necesarias para que el Presidente de la República de Chile haya podido establecer la existencia de un estado de excepción de catástrofe por calamidad pública y consecutivamente arrogarse todas las facultades y atribuciones que no tiene y nunca ha tenido, para establecer todas y cada una de las medidas restrictivas y privativas de nuestros derechos esenciales  garantizados por nuestra Constitución que emanan de nuestra naturaleza humana y que son inalienables a nuestras personas y anteriores al Estado.

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