Por Santiago Las Heras – gaceta.es

Con sólo un voto en contra y 6 abstenciones, el Senado argentino convirtió en Ley el proyecto de inclusión laboral para la población trans, travesti y transgénero, que garantiza que un mínimo de los cargos de personal en el Estado debe ser ocupado por integrantes de esa comunidad.

“Es la continuación de los avances que hemos hecho con el decreto 721/2020 del Cupo Laboral Travesti Trans en el Sector Público Nacional”, celebró en sus redes sociales el presidente Alberto Fernández poco después de conocerse la sanción.

“Es el resultado de la lucha de un colectivo históricamente vulnerado. Era hora de que el Estado escuchara y atendiera su reclamo. Hoy somos un país más justo e igualitario que reconoce y celebra su diversidad”, resaltó entusiasta el primer mandatario.

Por su parte, la vicepresidenta Cristina Kirchner, también se expresó al finalizar el debate en el recinto de sesiones: “Hoy el Senado convirtió en ley el cupo laboral travesti trans. Esta ley es el resultado de una lucha muy larga y todavía queda mucho por avanzar. Siempre por más derechos y más igualdad”.

De esta manera, la cámara alta aprobó la Ley de Promoción del Acceso al Empleo Formal para Personas Travestis, Transexuales y Transgénero con 55 votos a favor, uno en contra y seis abstenciones. La nueva lleva el nombre “Diana Sacayán-Lohana Berkins”, dos de las principales activistas del movimiento de derechos humanos y de la lucha por el reconocimiento y la inclusión social del colectivo trans en Argentina y en la región.

Según los considerandos de la nueva legislación, se establece el cupo laboral mínimo de personas travestis, transexuales y transgénero de al menos el 1% del personal de la administración pública. Ese mínimo corre para los cargos en organismos de los tres poderes del Estado, entes públicos no estatales, organismos descentralizados o autárquicos y empresas y sociedades del Estado, en todas las modalidades de contratación regular vigentes.

La iniciativa establece además: “A los efectos de garantizar la igualdad real de oportunidades, el requisito de terminalidad educativa no puede resultar un obstáculo para el ingreso y permanencia en el empleo”. Tampoco los antecedentes penales “que resulten irrelevantes” podrán ser un impedimento para el acceso de los postulantes al empleo. También determina que se entiende por “personas travestis, transexuales y transgénero a todas aquellas que se autoperciben con una identidad de género que no se corresponde con el sexo asignado al nacer”.

“Los organismos comprendidos en la presente ley deben promover acciones tendientes a la sensibilización con perspectiva de género y de diversidad sexual en los ámbitos laborales, con el fin de una efectiva integración de las personas travestis, transexuales y transgénero en los puestos de trabajo”, especifica otro de los puntos de la norma aprobada. 

“Garantizar los derechos de travestis y trans es una prioridad del gobierno nacional y por eso, desde septiembre de 2020 lo implementamos por Decreto en la Administración Pública Nacional, convencidos de que se trata de una medida fundamental para profundizar el camino hacia la igualdad iniciado por la Ley de Identidad de género en nuestro país”, celebró la ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación, Elizabeth Gómez Alcorta.

«Estamos construyendo un futuro de amor, igualdad y libertad para las infancias trans de todo el país”, señaló la diputada del Frente de Todos, Gabriela Estévez, autora del proyecto impulsado por la Campaña.

Desde la oposición se expresó la Senadora del PRO, Gladys González: «Tenemos que hacernos cargo y reparar lo que hicimos mal como sociedad y como Estado. Tal vez algunos piensen que no es el momento de sancionar esta ley, pero ¿ cuándo fue el momento? ¿Cuánta más violencia y sufrimiento tienen que atravesar las personas travestis y trans?».

Por su parte, la senadora Lucila Crexell, recordó que la mayor parte de las personas travestis y trans «vive en condiciones de extrema pobreza, condiciones de miseria, con un acceso muy precario al ejercicio de sus derechos», y remarcó que «el 88 por ciento nunca accedió al mercado formal de trabajo».

Para el ámbito privado, la nueva ley determina que las empresas que contraten personas travestis, transexuales y transgénero tendrán prioridad en las compras del Estado, además de beneficios fiscales. La norma contempla que las “contribuciones patronales que se generan por la contratación de las personas beneficiarias de la presente ley podrán tomarse como pago a cuenta de impuestos nacionales” y ese beneficio se extiende a un año y a dos en el caso de las pequeñas empresas. La legislación dispone, además, que el Banco Nación tendrá líneas de crédito con tasa preferencial para el financiamiento de emprendimientos productivos, comerciales y/o de servicios, individuales o asociativos, destinados específicamente a este colectivo.

El único voto en contra de la ley, fue del senador opositor del PRO, Ernesto Martínez, quien tiene como antecedente haber votado hace casi cinco años en contra de la paridad de género en las listas electorales. El suyo y el del exsenador Federico Pinedo fueron los únicos votos en contra a esa norma

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